Claves para entender el Referéndum

Escrito por José Rodríguez Ramos (@rodriguezramos_)
Ilustración por Cristhian Rojas Suárez (@CristhianRS) 

Falta pocos días para el referéndum nacional del domingo 9 de diciembre. En las últimas semanas este tema ha venido siendo opacado por las idas y vueltas de las investigaciones judiciales contra Fuerza Popular y Alan García. Sin embargo, el referéndum ha sido uno de los ejes centrales del debate político peruano del 2018 y sus resultados van a generar cambios en la Constitución Nacional que podrían durar generaciones.

Por eso, Politeama ha preparado la siguiente guía para entender los puntos básicos de la consulta y está acompañada de cuatro artículos de análisis  para profundizar en cada una de las preguntas, escritos por un especialista de cada tema.

Pero vamos desde el comienzo.

¿Qué es el referéndum?

El referéndum es un mecanismo de participación ciudadana en el cual se le permite a la población tomar directamente alguna decisión. Suele usarse rara vez y solo en temas que son considerados de gran importancia o muy polémicos.

La constitución peruana lo reconoce en su artículo 31 como uno de los derechos fundamentales del ejercicio político de la gente:

Artículo 31°. – Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos
públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o
revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen
también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus
representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos
determinados por ley orgánica.

Los últimos tres que se han realizado en el Perú son el de 1993 que ratificó la Constitución hecha tras el auto-golpe del ‘92; el del 2005 que rechazó la fusión de 16 regiones en 5 grupos; y el del 2010, que aprobó la devolución de los aportes al Fonavi.

¿Por qué hay un referéndum ahora?

Cuando Martín Vizcarra asumió la presidencia en marzo, decidió adoptar rápidamente una postura pública más energética en términos políticos que la mostrada por Pedro Pablo Kuczynski. PPK había pasado dos años de gobierno acorralado por la mayoría fujimorista en el Congreso; y perdió el poco apoyo político que tenía al revelarse que empresas vinculadas a él habían recibido pagos de Odebrecht y, más aún, cuando negoció una y otra vez favores políticos a cambio de votos para evitar ser vacado.

Por otro lado, este año también ha estado marcado por la publicación de los audios de los «hermanitos», que revelaron la existencia de una red de corrupción en el Poder Judicial que ha alcanzado también a más de un representante político.

En ese contexto, Vizcarra tomó la iniciativa en su mensaje a la Nación de 28 de julio y planteó cuatro reformas constitucionales en respuesta a la enorme crisis de corrupción y de representación en el país. Y propuso además que estas sean ratificadas por la población en un referéndum.

Los proyectos fueron presentados formalmente días después y han sido debatidos durante meses. El presidente presionó, utilizando incluso el mecanismo de la ‘cuestión de confianza’, para que estos sean tratados con rapidez en el Congreso y para que el referéndum se realice este año junto a las elecciones de segundas vueltas regionales. La bancada fujimorista intentó inicialmente alargar el tema lo más posible, al considerar como una provocación la imposición del referéndum y la inclusión de una pregunta sobre la reelección de congresistas, pero se vieron luego obligados a apurar y concretar el trámite.

¿Y cuáles son las reformas?

Son cuatro proyectos. Dos en relación a la lucha contra la corrupción y dos que directamente modifican el funcionamiento del hoy muy desprestigiado Congreso. En primer lugar, la reforma del Consejo Nacional de la Magistratura. En segundo lugar, la regulación del financiamiento de los partidos políticos. Tercero, la prohibición de la reelección inmediata para congresistas. Y finalmente, la instauración de un sistema bicameral en el Congreso.

¿Lo que se va a votar es lo que planteó Vizcarra, o no?

Sí y no. Como la Constitución establece que las reformas constitucionales deben pasar primero por el legislativo y luego recién ser ratificadas en un referéndum (o aprobadas por segunda vez por el primero), inevitablemente estas tenían que ser debatidas y tratadas, primero en la Comisión de Constitución y luego en el Pleno del Congreso. Las cuatro han sido aprobadas, pero a la vez han sufrido en el camino diferentes modificaciones. Los errores en los proyectos enviados en definitiva también ayudaron a que el fujimorismo tenga una excusa para hacer cambios a estos. En algunos casos las modificaciones han moderado las reformas, mientras en otros estas han sido tan escandalosas que el propio Vizcarra ha advertido sobre la desnaturalización de lo propuesto e incluso ha llamado a votar en contra de una, la bicameralidad. 


¿Cuáles son las preguntas del referéndum?

Pregunta 1:

¿Aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia (antes Consejo Nacional de la Magistratura)?

El Consejo Nacional de la Magistratura es el órgano que se encarga de elegir, ratificar o destituir a los jueces y fiscales en el país. Es el corazón de la Justicia. Normalmente desapercibido, este año ha estado en el centro de la noticia por la publicación de los audios en los que se revelaban muy graves irregularidades en los procesos de selección y nombramiento, e innumerables intercambios de favores entre miembros del Consejo, jueces favorecidos y empresarios privados. Tras el escándalo, todos los consejeros fueron destituidos por el Congreso.

La pregunta 1 modificaría los artículos 154, 155 y 156 de la Constitución Si se aprueba, el CNM desaparecerá y se creará en su lugar la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Tendrá el mismo objetivo, pero una composición diferente. Los procesos serán mucho más estrictos, tanto para designar a los miembros que compondrán la nueva Junta en sí misma, como para la elección, la ratificación y la sanción de los jueces y fiscales.  
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Para leer un análisis completo sobre esta  pregunta, lee el ensayo escrito por Nuria Allemant aquí.

Pregunta 2:

¿Aprueba la reforma constitucional que regula el financiamiento de las organizaciones políticas?

La segunda pregunta modifica el artículo 35 de la Constitución. Tiene como objetivo lograr un mayor nivel de transparencia en la forma en la que son financiados los partidos políticos. En la práctica, lo que hace es elevar a nivel constitucional ciertas regulaciones que ya se encuentran en la Ley de Organizaciones Políticas, pero también añade otras nuevas.

Entre las novedades más destacadas está el hecho de que se sancionará el financiamiento ilegal con procesos civiles y penales, y ya no solo con administrativos. También se establece que durante campañas electorales, no se podrá contratar publicidad en radio y TV de manera independiente, solo se hará a través del sistema de franja electoral contratada por el Estado.

Para un análisis más completo sobre esta pregunta, lee el ensayo escrito por Cristhian Jaramillo aquí.

Pregunta 3:

¿Aprueba la reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la República?

Esta pregunta agrega un artículo adicional (el 90-A), a la sección sobre el Congreso, señalando que «los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo, de manera inmediata».  Debió ser, en teoría, la más simple de todas. 

Sin embargo, tiene un truco. Las bancadas que controlan el Congreso agregaron a último momento una frase adicional al final de la oración, que añade «… en el mismo cargo». Esto significa que si esta pregunta fuese aprobada y la última también, los efectos de la no reelección serían limitados, pues los parlamentarios podrían evitar la restricción alternando entre ser diputados y senadores. 

Para un análisis más completo sobre esta pregunta, lee el ensayo escrito por José Saldaña Cuba aquí.

Pregunta 4:

¿Aprueba usted la reforma constitucional que establece la bicameralidad en el Congreso de la República?

La última pregunta plantea modificar varios de artículos de la Constitución para reestablecer el sistema bicameral en el Congreso. La bicameralidad es el modelo que organiza el trabajo legislativo en dos cámaras separadas, con diferentes funciones. Es utilizado en muchos países y era usado en el Perú hasta el 5 abril de 1992, cuando Fujimori disolvió el Congreso y estableció el Congreso unicameral actual.

La propuesta inicial de Vizcarra planteaba un Congreso bicameral dividido en 100 diputados y 30 senadores, para no aumentar el número de congresistas. Creaba también distritos electorales nuevos: macro distritos para elegir senadores y micro distritos para los diputados. Y obligaba a los partidos a armar listas de candidatos  con igual número de mujeres y hombres. Todo esto fue dejado de lado en la Comisión de Constitución y lo que se aprobó finalmente es una bicameralidad con más parlamentarios (habrían 130 diputados y 50 senadores), pero la restricción no poder usar un porcentaje de presupuesto mayor al usado ahora.

Lo que ha sido muy cuestionado en relación a esta pregunta es la gran cantidad de artículos de la Constitución que se han tocado en la propuesta final. Casi todos los que definen la relación entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo. Especialmente criticados han sido los cambios que limitan la ‘Cuestión de Confianza», el mecanismo que justamente Vizcarra usó para obligar a los congresistas a aprobar las reformas. Esto ha llevado al presidente a pedir que se vote NO a esta pregunta.

Sin embargo, de aprobarse la no reelección y rechazarse la bicameralidad seremos, junto a Costa Rica, los únicos 2 países del hemisferio con un Congreso unicameral que no permitirá la reelección.

Para un análisis más completo sobre esta pregunta, lee el ensayo escrito por Milagros Campos Ramos, aquí.

Y tú, ¿cómo vas a votar?

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